Bodas ante notario
El pasado 23 de julio entró en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y desde entonces ya se han celebrado varias bodas ante notario. Además, la demanda ante este tipo de bodas entre las parejas es cada vez mayor. Y es que, dar el “sí quiero” ante un notario, es muchísimo más rápido que hacerlo en el juzgado, aunque el precio también es mayor.
Casarse ante notario: ¿Cuáles son las ventajas?
Salvador Torres, vicepresidente del Consejo General del Notariado, explica que, es una solución que tiene como principal objetivo descongestionar los juzgados, y que de esta manera los jueces puedan centrarse en la que es su función. Además, también se agiliza la tramitación del matrimonio para las parejas. Actualmente en España hay casi 3.000 notarios repartidos por todos los puntos del país, y en todo tipo de núcleos de población. De esta manera, el proceso de contraer matrimonio se hace más sencillo, evitando la dilatación del mismo en los registros civiles y los ayuntamientos.
Gracias a la nueva normativa que permite la celebración de matrimonio ante notario, una pareja puede casarse de una semana para otra, pudiendo incluso, llegar a pocos días. En el caso de abogar por los matrimonios civiles en ayuntamientos o juzgados, el tiempo de espera puede demorarse desde los cuatro o cinco meses hasta el año.
¿Cuáles son los requisitos para casarse ante notario y cómo es la ceremonia?
Basta con el DNI de los contrayentes y dos testigos que estén presentes en el acto para contraer matrimonio ante notario. La ceremonia es un acto muy corto en el que el notario lee tres artículos del Código Civil (66, 67 y 68) que recogen los deberes y derechos del matrimonio.
A continuación, el notario pregunta a cada uno de los contrayentes, si consienten contraer matrimonio con el otro, y si efectivamente lo contraen en dicho acto y, respondiendo ambos afirmativamente, declara que ambos quedan unidos en matrimonio. La escritura refleja el día, la hora y el lugar de celebración de la ceremonia.
Ceremoniante Oficiante De Bodas Civiles
¿Quién emite los expedientes matrimoniales?
Los jueces seguirán tramitando los expedientes matrimoniales hasta el 30 de junio de 2.017. A partir de esta fecha, comenzarán a hacerlo los notarios. Se trata de un proceso de recopilación de ciertos documentos, con el objetivo de acreditar que la persona es mayor de edad, no está casada y se casa libre y voluntariamente.
De esta manera, una vez el juez reúne toda la documentación pertinente, emite el auto que declara a los contrayentes que tienen capacidad para contraer matrimonio y lo envía a la notaría. Pues bien, a partir del 30 de junio de 2.017 este proceso lo llevarán a cabo directamente los notarios.
¿Qué precio tiene casarse ante notario?
El precio varía en función, principalmente dos factores. Por un lado, la población en la que se celebre la ceremonia de matrimonio. Y, por otro lado, si el notario debe desplazarse fuera de la notaría o no. La ley únicamente les obliga a hacerlo en caso de enfermedad y discapacidad, pero las parejas también pueden acordar celebrar la boda en un lugar distinto a la notaría, lo cual incrementa el precio. En términos generales, el coste suele oscilar entre los 100 y los 160 euros.
¿El notario puede legalizar una ruptura?
De la misma manera que a día de hoy los notarios pueden celebrar una ceremonia de matrimonio, también pueden legalizar una separación o un divorcio, siempre y cuando los cónyuges no tengan hijos menores de edad. En ese caso, la presencia del juez se hace necesaria.
Por lo tanto, con la Ley de Jurisdicción Voluntaria en España, pueden casar a día de hoy: Notarios, secretarios judiciales, juez encargado del Registro Civil, juez de paz, alcalde del municipio o un concejal en quien éste delegue, y funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero.
El hecho de que los notarios puedan oficiar bodas, ha sido una gran noticia para muchísimas parejas que han visto que ya no necesitan esperar varios meses para poder unirse en matrimonio.