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Diez dudas comúnes en los trámites de una boda por la Iglesia

Diez dudas comúnes en los trámites de una boda por la Iglesia

¿Cuáles son las preguntas más frecuentes ante una ceremonia religiosa?

En otras ocasiones hemos hablado de los trámites de la boda y de todos los papeleos necesarios para que vuestro sueño de casaros llegue a buen término. En esta ocasión, en lugar de mostraros una lista de todo aquello que necesitaréis o que os pedirán, hemos visitado nuestro foro para saber cuáles son las dudas que más os asaltan entorno a la ceremonia religiosa y los trámites para una boda por la Iglesia.

Foto Dilos

- ¿Qué parroquia me pertenece?

- La parroquia te corresponde por domicilio, es decir, aquella que esté más cercana de donde vives en la actualidad. En caso de que haya varias iglesias a tu alrededor, pregunta en una de ellas y allí de dirán.

- ¿Qué sacramentos son obligatorios?

- Para recibir el Matrimonio por la Iglesia, la Conferencia Episcopal Española exige estar bautizado, haber hecho la comunión y estar confirmado, ya que es el orden correcto de los siete sacramentos. Sin embargo, depende de la Arzobispado y del propio párroco puede que se muestren más relajados y que su único requisito sea estar bautizado y hacer los cursillos prematrimoniales. En caso de que la boda sea con misa, entonces también habréis de haber hecho la primera comunión para poder comulgar.

- ¿Es obligatorio confesarse?

- Al igual que en la pregunta anterior, os recordamos que el Matrimonio es un sacramento como otros: Bautismo, Eucaristía (comunión), Confirmación, Penitencia (confesión), Unción de los enfermos y Orden sacerdotal. Por lo que la confesión, en principio, es obligatoria. Pero, como ya hemos dicho antes, el grado de cumplimiento depende de lo estricta que sea la parroquia.

Leticia Campos y Álvaro Ortiz

- ¿Puedo hacer el cursillo matrimonial en otra iglesia?

- Aunque lo ideal es que el cursillo matrimonial lo hagas en tu misma parroquia, por incompatilidad de horarios sí que puedes hacerlo en otra iglesia pero deberás presentar a tu párroco después el certificado del curso prematrimonial.

- ¿Caduca la partida de bautismo?

- Sí, la partida de bautismo tiene una validez de seis meses y deberéis pedir otra si al presentarla está caducada.

- ¿Cuándo tienen que ir los testigos en los trámites?

- Una vez que tienes todos los papeles, el párroco te dará cita para ir con dos testigos que no sean familiares, al menos directos, para confirmar que os casáis por voluntad propia y que estáis seguros de lo que significa el matrimonio, entre otras cosas. Ese día, los testigos deberán firmar en el expediente. El día de la boda, los testigos de la ceremonia religiosa no necesariamente deben ser los mismos, ya que sólo firman como testigos de la consagración del matrimonio, aunque siempre es mejor preguntar al párroco.

Manuel Velasco Fotografía

- ¿Tendré que pagar por la ceremonia?

- Este es el tema más conflictivo. Aunque el Papa Francisco ha expresado su desacuerdo con el pago a iglesias por la celebración de cualquier sacramento, e incluso ha manifestado su deseo de que no se cobre por bodas ni bautizos, es cierto que, en la mayoría de parroquias, los novios tiene que aportar un dinero. Bien la voluntad, o algo marcado como voluntad mínima, o bien según unas tarifas creadas por la propia parroquia que van desde los 80 euros, pasando por los 200 y llegando incluso a los 450 euros en algunos casos.

- ¿Me darán todos los papeles de la boda?

- Sí, después de la ceremonia, el párroco te entregará el expediente firmado. Ese mismo expediente se deberá entregar en el Registro Civil para que os den vuestro Libro de Familia. En el caso de que os vayáis inmediatamente de luna de miel, un familiar puede llevar el expediente al Registro Civil, pero ha de ser al de la ciudad donde habéis contraido matrimonio. En ocasiones, es la misma parróquia quien se encarga de este trámite.

- ¿Podemos casarnos por la Iglesia si ya estamos casados por lo civil?

- Si antes de casaros por la Iglesia, ya os habíais casado por lo civil, no habrá ningún problema. Eso sí, deberéis informar al párroco para no repetir los trámites en el juzgado y porque algún papel oficial ya no será necesario.

Alex Fotógrafo de Boda

- ¿Y si estoy divorciada/o por lo civil?

- Como sabéis, éste es el mismo caso que el de nuestros actuales Reyes de España, Doña Letizia y Don Felipe. Para la Iglesia, el matrimonio civil "solo" no es válido, es decir, a ojos de la Iglesia, esa persona nunca ha estado casada. Pero por cuestiones legales, deberéis abrir y tramitar el expediente en el Obispado de la provincia y entregar allí un certificado del Registro Civil donde conste tanto la boda civil como el divorcio. Y una vez tramitado el expediente en el obispado, lo remitirán a la parroquia donde os vayáis a casar.

Ladreros Fotógrafos

Y si vuestras dudas van más allá y se centran en las partes de una ceremonia religiosa o sobre el protocolo de una boda por la Iglesia, aquí os dejamos enlazadas otros artículos de interés.

Última actualización: el 29/01/2015 a las 00:00

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